{"id":105452,"date":"2025-05-09T06:35:46","date_gmt":"2025-05-09T10:35:46","guid":{"rendered":"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/?p=105452"},"modified":"2025-05-09T06:35:47","modified_gmt":"2025-05-09T10:35:47","slug":"salud-publica-asegura-despidos-de-medicos-fueron-por-duplicidad-en-nominas-y-ausencias-de-trabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/salud-publica-asegura-despidos-de-medicos-fueron-por-duplicidad-en-nominas-y-ausencias-de-trabajo\/","title":{"rendered":"Salud P\u00fablica asegura despidos de m\u00e9dicos fueron por duplicidad en n\u00f3minas y ausencias de trabajo"},"content":{"rendered":"<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"800\" height=\"531\" data-attachment-id=\"105453\" 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contratos de estos profesionales de la salud se debi\u00f3 a que, de acuerdo con una investigaci\u00f3n realizada, se determin\u00f3 que parte del personal no estaba asistiendo a sus puestos de trabajo asignados.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, indic\u00f3 que durante el levantamiento realizado arroj\u00f3 que algunos de los desvinculados incurr\u00edan&nbsp;casos de duplicidad de n\u00f3mina (nombrados en m\u00e1s de una n\u00f3mina), algo prohibido por la Ley 41-08 de Funci\u00f3n P\u00fablica, en su art\u00edculo 80, inciso 5.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta informaci\u00f3n fue compartida por Salud P\u00fablica luego de que el Colegio M\u00e9dico Dominicano (CMD) acusara al ministro de Salud P\u00fablica, Victor Atallah, de infundir \u00abterror\u00bb a los m\u00e9dicos con cancelaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>El presidente del CMD, Waldo Ariel Suero, asegur\u00f3 que al menos diez profesionales de la salud han sido suspendidos de sus funciones en los \u00faltimos d\u00edas, incluyendo a enfermeras.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00bfPOR QU\u00c9 EL LEVANTAMIENTO?<\/h3>\n\n\n\n<p>En el referido comunicado se asever\u00f3 que en los \u00faltimos a\u00f1os&nbsp;se contrataron provisionalmente varios m\u00e9dicos y enfermeras para reforzar el sistema de salud durante la jornada nacional de vacunaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El documento contin\u00faa indicando que, a falta de esta situaci\u00f3n, y con la necesidad de regularizar el personal, el Ministerio orden\u00f3 un levantamiento nacional a trav\u00e9s de sus Direcciones Provinciales de Salud (DPS) para verificar el estatus de dicho personal.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">A CONTINUACI\u00d3N, EL COMUNICADO DE SALUD P\u00daBLICA:<\/h3>\n\n\n\n<p>\u00abComunicado del Ministerio de Salud P\u00fablica<\/p>\n\n\n\n<p>Ajustes responden a ausencias en puestos de trabajo, duplicidad en n\u00f3mina del Estado y mejora en la eficiencia en los servicios de salud a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministerio de Salud P\u00fablica declara que no se han realizado desvinculaciones arbitrarias al personal m\u00e9dico y aclara que las decisiones recientes en torno a la terminaci\u00f3n de contratos responden a procesos de verificaci\u00f3n y regularizaci\u00f3n realizados en coordinaci\u00f3n con instituciones afines.<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos a\u00f1os, para reforzar el sistema de salud durante la jornada nacional de vacunaci\u00f3n, en tiempos y circunstancias especiales, se contrataron de manera provisional m\u00e9dicos y enfermeras. Sin embargo, en ausencia de las circunstancias referidas, y con la necesidad de regularizar situaci\u00f3n de este personal, el Ministerio procedi\u00f3 a realizar un levantamiento nacional a trav\u00e9s de sus Direcciones Provinciales de Salud (DPS) para verificar el estatus de dicho personal.<\/p>\n\n\n\n<p>El levantamiento se\u00f1alado evidenci\u00f3 que parte del personal no estaba asistiendo a sus puestos de trabajo asignados. Por tal motivo, se tom\u00f3 la decisi\u00f3n de prescindir de estos contratos, medida que fue debidamente comunicada a los encargados de Recursos Humanos de los centros de salud.<\/p>\n\n\n\n<p>Adicionalmente, la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica notific\u00f3 casos de duplicidad de n\u00f3mina, lo cual est\u00e1 prohibido por la Ley 41-08 de Funci\u00f3n P\u00fablica, en su art\u00edculo 80, inciso 5. En consecuencia, se procedi\u00f3 con la exclusi\u00f3n de aquellos profesionales que figuraban en m\u00e1s de una n\u00f3mina del Estado, dej\u00e1ndolos solamente en una, como indica la ley. De igual manera, se han desvinculado m\u00e9dicos que han cometido faltas de tercer grado establecida en la Ley de Funci\u00f3n P\u00fablica en el ejercicio de sus funciones, para todo lo anterior se han agotado los procedimientos correspondientes que establece la Ley, antes indicada.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, las Direcciones Provinciales de Salud han solicitado la revisi\u00f3n y adecuaci\u00f3n del personal m\u00e9dico, con el objetivo de optimizar la respuesta sanitaria en cada territorio. En atenci\u00f3n a estas solicitudes, se han realizado ajustes que permiten alinear los recursos humanos disponibles con las necesidades reales y prioritarias de cada demarcaci\u00f3n, fortaleciendo as\u00ed la eficiencia del sistema de salud\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ministerio de Salud P\u00fablica asegur\u00f3 este jueves que despidos del personal m\u00e9dico no se debi\u00f3 a \u00abdesvinculaciones arbitrarias\u00bb, sino responden a un proceso de \u00abverificaci\u00f3n y regularizaci\u00f3n\u00bb. A trav\u00e9s de un comunicado, Salud P\u00fablica afirm\u00f3 que la terminaci\u00f3n de contratos de estos profesionales de la salud se debi\u00f3 a que, de acuerdo con una investigaci\u00f3n realizada, se determin\u00f3 que parte del personal no estaba asistiendo a sus puestos de trabajo asignados. Adem\u00e1s, indic\u00f3 que durante el levantamiento realizado arroj\u00f3 que algunos de los desvinculados incurr\u00edan&nbsp;casos de duplicidad de n\u00f3mina (nombrados en m\u00e1s de una n\u00f3mina), algo prohibido por la Ley 41-08 de Funci\u00f3n P\u00fablica, en su art\u00edculo 80, inciso 5. Esta informaci\u00f3n fue compartida por Salud P\u00fablica luego de que el Colegio M\u00e9dico Dominicano (CMD) acusara al ministro de Salud P\u00fablica, Victor Atallah, de infundir \u00abterror\u00bb a los m\u00e9dicos con cancelaciones. El presidente del CMD, Waldo Ariel Suero, asegur\u00f3 que al menos diez profesionales de la salud han sido suspendidos de sus funciones en los \u00faltimos d\u00edas, incluyendo a enfermeras. \u00bfPOR QU\u00c9 EL LEVANTAMIENTO? En el referido comunicado se asever\u00f3 que en los \u00faltimos a\u00f1os&nbsp;se contrataron provisionalmente varios m\u00e9dicos y enfermeras para reforzar el sistema de salud durante la jornada nacional de vacunaci\u00f3n.&nbsp; El documento contin\u00faa indicando que, a falta de esta situaci\u00f3n, y con la necesidad de regularizar el personal, el Ministerio orden\u00f3 un levantamiento nacional a trav\u00e9s de sus Direcciones Provinciales de Salud (DPS) para verificar el estatus de dicho personal. A CONTINUACI\u00d3N, EL COMUNICADO DE SALUD P\u00daBLICA: \u00abComunicado del Ministerio de Salud P\u00fablica Ajustes responden a ausencias en puestos de trabajo, duplicidad en n\u00f3mina del Estado y mejora en la eficiencia en los servicios de salud a la poblaci\u00f3n. El Ministerio de Salud P\u00fablica declara que no se han realizado desvinculaciones arbitrarias al personal m\u00e9dico y aclara que las decisiones recientes en torno a la terminaci\u00f3n de contratos responden a procesos de verificaci\u00f3n y regularizaci\u00f3n realizados en coordinaci\u00f3n con instituciones afines. En los \u00faltimos a\u00f1os, para reforzar el sistema de salud durante la jornada nacional de vacunaci\u00f3n, en tiempos y circunstancias especiales, se contrataron de manera provisional m\u00e9dicos y enfermeras. Sin embargo, en ausencia de las circunstancias referidas, y con la necesidad de regularizar situaci\u00f3n de este personal, el Ministerio procedi\u00f3 a realizar un levantamiento nacional a trav\u00e9s de sus Direcciones Provinciales de Salud (DPS) para verificar el estatus de dicho personal. El levantamiento se\u00f1alado evidenci\u00f3 que parte del personal no estaba asistiendo a sus puestos de trabajo asignados. Por tal motivo, se tom\u00f3 la decisi\u00f3n de prescindir de estos contratos, medida que fue debidamente comunicada a los encargados de Recursos Humanos de los centros de salud. Adicionalmente, la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica notific\u00f3 casos de duplicidad de n\u00f3mina, lo cual est\u00e1 prohibido por la Ley 41-08 de Funci\u00f3n P\u00fablica, en su art\u00edculo 80, inciso 5. En consecuencia, se procedi\u00f3 con la exclusi\u00f3n de aquellos profesionales que figuraban en m\u00e1s de una n\u00f3mina del Estado, dej\u00e1ndolos solamente en una, como indica la ley. De igual manera, se han desvinculado m\u00e9dicos que han cometido faltas de tercer grado establecida en la Ley de Funci\u00f3n P\u00fablica en el ejercicio de sus funciones, para todo lo anterior se han agotado los procedimientos correspondientes que establece la Ley, antes indicada. Adem\u00e1s, las Direcciones Provinciales de Salud han solicitado la revisi\u00f3n y adecuaci\u00f3n del personal m\u00e9dico, con el objetivo de optimizar la respuesta sanitaria en cada territorio. 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