{"id":96360,"date":"2024-05-17T09:17:56","date_gmt":"2024-05-17T13:17:56","guid":{"rendered":"http:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/?p=96360"},"modified":"2024-05-17T09:17:58","modified_gmt":"2024-05-17T13:17:58","slug":"finalizo-la-campana-rd-entran-en-vigencia-una-serie-de-regulacione","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/finalizo-la-campana-rd-entran-en-vigencia-una-serie-de-regulacione\/","title":{"rendered":"Finaliz\u00f3 la campa\u00f1a RD; entran en vigencia una serie de regulacione"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignleft size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" data-attachment-id=\"96362\" data-permalink=\"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/finalizo-la-campana-rd-entran-en-vigencia-una-serie-de-regulacione\/elecciones-dominicanas-e1715071951288\/\" data-orig-file=\"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288.jpg\" data-orig-size=\"1159,665\" data-comments-opened=\"0\" data-image-meta=\"{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}\" data-image-title=\"Elecciones-dominicanas.-e1715071951288\" data-image-description=\"\" data-image-caption=\"\" data-medium-file=\"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288-300x172.jpg\" data-large-file=\"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288-1024x588.jpg\" src=\"http:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288-1024x588.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-96362\" width=\"278\" height=\"159\" srcset=\"https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288-1024x588.jpg 1024w, https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288-300x172.jpg 300w, https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288-768x441.jpg 768w, https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288-600x344.jpg 600w, https:\/\/sosuaonline.net\/inicio\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Elecciones-dominicanas.-e1715071951288.jpg 1159w\" sizes=\"auto, (max-width: 278px) 100vw, 278px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>SANTO DOMINGO, 17 de mayo.- La campa\u00f1a electoral de la Rep\u00fablica Dominicana concluy\u00f3 a las 12:00 de la noche de de este jueves, hora a partir de la cual no puede difundirse propaganda\u00a0 ni realizarse acto alguno proselitista hasta que la JCE emita los resultados del certamen de este domingo.<\/p>\n\n\n\n<p>Han entrado en vigencia una serie de prohibiciones y regulaciones establecidas en la Ley Org\u00e1nica de R\u00e9gimen Electoral No. 15-19, del 18 de febrero de 2019. Tambi\u00e9n han quedado activadas prerrogativas especiales&nbsp; cuyo prop\u00f3sito es garantizar el&nbsp; ejercicio del derecho de los ciudadanos a elegir.<\/p>\n\n\n\n<p>Las mismas ser\u00e1n m\u00e1s estrictas a partir de las 7:00 de la ma\u00f1ana del s\u00e1bado, cuando comienza el ciclo de 24 horas que antecede al inicio de los comicios para elegir&nbsp; presidente y vicepresidente de la Rep\u00fablica as\u00ed como la totalidad de los miembros del Senado y la C\u00e1mara de Diputados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>LIBERTAD INDIVIDUAL<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ninguna autoridad podr\u00e1 detener o reducir a prisi\u00f3n o privar en cualquiera otra forma de su libertad a un ciudadano h\u00e1bil para votar, durante las 24 horas anteriores a la clausura de la votaci\u00f3n, salvo en caso de flagrante delito, o en virtud de orden escrita y motivada de juez competente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>LIBERTAD DE TR\u00c1NSITO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En ning\u00fan caso, podr\u00e1 estorbarse el tr\u00e1nsito de los electores hasta los lugares de votaci\u00f3n durante el tiempo necesario para trasladarse a ellos con el fin de ejercer este derecho y para regresar a sus domicilios o puntos de partida.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PROHIBICI\u00d3N DEL EXPENDIO DE BEBIDAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Desde veinticuatro (24) horas antes de la elecci\u00f3n (o sea desde las 7:00 de la ma\u00f1ana de este s\u00e1bado)&nbsp; no puede&nbsp; expenderse ni distribuirse a ning\u00fan t\u00edtulo bebidas alcoh\u00f3licas, hasta doce horas despu\u00e9s de terminada la votaci\u00f3n. Se except\u00faan de la presente disposici\u00f3n aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas tur\u00edsticas, las cuales deber\u00e1n ser debidamente identificadas por la Junta Central Electoral, conjuntamente con las organizaciones acreditadas por ante los organismos oficiales y que agrupan estos establecimientos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DIA NO LABORABLE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El pr\u00f3ximo domingo, d\u00eda de las elecciones, no ser\u00e1 laborable en el territorio en que hayan de efectuarse. Cuando se trate de&nbsp; trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estar\u00e1n obligados a disponer cuanto sea necesario para que todos los empleados y trabajadores h\u00e1biles para votar que<br \/>tengan a su servicio dispongan del tiempo que fuere menester para hacerlo, sin que por ese<br \/>motivo sufran ninguna merma en sus salarios y otros derechos que les correspondan.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PROHIBICI\u00d3N DE INJERENCIA U OSTENTACI\u00d3N DE FUERZAS ARMADAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Est\u00e1 prohibida la aglomeraci\u00f3n de tropas y toda ostentaci\u00f3n de Fuerzas Armadas durante el d\u00eda de la elecci\u00f3n. La actuaci\u00f3n de las Fuerzas Armadas, en general, con excepci\u00f3n de las de la Polic\u00eda Militar Electoral indispensables para mantener el orden durante el acto eleccionario, estar\u00e1 sujeta a lo que se dispone la Ley Electoral, y deber\u00e1n permanecer acuartelados&nbsp; durante todo el d\u00eda en que aqu\u00e9l se realice.<\/p>\n\n\n\n<p>Los directores u oficiales de las Fuerzas Armadas y autoridades policiales no podr\u00e1n encabezar grupos de ciudadanos durante la elecci\u00f3n, ni hacer valer la influencia de sus cargos para coartar la libertad del sufragio, ni tampoco hacer reuniones con el prop\u00f3sito de influir en forma alguna en los actos electorales.<\/p>\n\n\n\n<p>El personal retirado de las Fuerzas Armadas, cualquiera que fuere su jerarqu\u00eda, no podr\u00e1 concurrir vistiendo uniforme a ning\u00fan acto pol\u00edtico electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00f3lo los agentes de la Polic\u00eda Militar Electoral que est\u00e9n al servicio de las autoridades electorales pueden penetrar armados en los locales en donde se efect\u00faen las inscripciones y las votaciones, cuando fueren requeridos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>AMPARO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo elector afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad, o privado del ejercicio del sufragio, podr\u00e1 solicitar amparo por s\u00ed o por intermedio de cualquier otra persona, por escrito o verbalmente, denunciando el hecho a cualquier juez o autoridad, y especialmente ante el Tribunal Superior Electoral, notific\u00e1ndose a la Junta Central Electoral o por ante la junta electoral correspondiente, cuando haya sido autorizada por la autoridad competente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SANTO DOMINGO, 17 de mayo.- La campa\u00f1a electoral de la Rep\u00fablica Dominicana concluy\u00f3 a las 12:00 de la noche de de este jueves, hora a partir de la cual no puede difundirse propaganda\u00a0 ni realizarse acto alguno proselitista hasta que la JCE emita los resultados del certamen de este domingo. Han entrado en vigencia una serie de prohibiciones y regulaciones establecidas en la Ley Org\u00e1nica de R\u00e9gimen Electoral No. 15-19, del 18 de febrero de 2019. Tambi\u00e9n han quedado activadas prerrogativas especiales&nbsp; cuyo prop\u00f3sito es garantizar el&nbsp; ejercicio del derecho de los ciudadanos a elegir. Las mismas ser\u00e1n m\u00e1s estrictas a partir de las 7:00 de la ma\u00f1ana del s\u00e1bado, cuando comienza el ciclo de 24 horas que antecede al inicio de los comicios para elegir&nbsp; presidente y vicepresidente de la Rep\u00fablica as\u00ed como la totalidad de los miembros del Senado y la C\u00e1mara de Diputados. LIBERTAD INDIVIDUAL Ninguna autoridad podr\u00e1 detener o reducir a prisi\u00f3n o privar en cualquiera otra forma de su libertad a un ciudadano h\u00e1bil para votar, durante las 24 horas anteriores a la clausura de la votaci\u00f3n, salvo en caso de flagrante delito, o en virtud de orden escrita y motivada de juez competente. LIBERTAD DE TR\u00c1NSITO En ning\u00fan caso, podr\u00e1 estorbarse el tr\u00e1nsito de los electores hasta los lugares de votaci\u00f3n durante el tiempo necesario para trasladarse a ellos con el fin de ejercer este derecho y para regresar a sus domicilios o puntos de partida. PROHIBICI\u00d3N DEL EXPENDIO DE BEBIDAS Desde veinticuatro (24) horas antes de la elecci\u00f3n (o sea desde las 7:00 de la ma\u00f1ana de este s\u00e1bado)&nbsp; no puede&nbsp; expenderse ni distribuirse a ning\u00fan t\u00edtulo bebidas alcoh\u00f3licas, hasta doce horas despu\u00e9s de terminada la votaci\u00f3n. Se except\u00faan de la presente disposici\u00f3n aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas tur\u00edsticas, las cuales deber\u00e1n ser debidamente identificadas por la Junta Central Electoral, conjuntamente con las organizaciones acreditadas por ante los organismos oficiales y que agrupan estos establecimientos. DIA NO LABORABLE El pr\u00f3ximo domingo, d\u00eda de las elecciones, no ser\u00e1 laborable en el territorio en que hayan de efectuarse. Cuando se trate de&nbsp; trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estar\u00e1n obligados a disponer cuanto sea necesario para que todos los empleados y trabajadores h\u00e1biles para votar quetengan a su servicio dispongan del tiempo que fuere menester para hacerlo, sin que por esemotivo sufran ninguna merma en sus salarios y otros derechos que les correspondan. PROHIBICI\u00d3N DE INJERENCIA U OSTENTACI\u00d3N DE FUERZAS ARMADAS Est\u00e1 prohibida la aglomeraci\u00f3n de tropas y toda ostentaci\u00f3n de Fuerzas Armadas durante el d\u00eda de la elecci\u00f3n. La actuaci\u00f3n de las Fuerzas Armadas, en general, con excepci\u00f3n de las de la Polic\u00eda Militar Electoral indispensables para mantener el orden durante el acto eleccionario, estar\u00e1 sujeta a lo que se dispone la Ley Electoral, y deber\u00e1n permanecer acuartelados&nbsp; durante todo el d\u00eda en que aqu\u00e9l se realice. Los directores u oficiales de las Fuerzas Armadas y autoridades policiales no podr\u00e1n encabezar grupos de ciudadanos durante la elecci\u00f3n, ni hacer valer la influencia de sus cargos para coartar la libertad del sufragio, ni tampoco hacer reuniones con el prop\u00f3sito de influir en forma alguna en los actos electorales. El personal retirado de las Fuerzas Armadas, cualquiera que fuere su jerarqu\u00eda, no podr\u00e1 concurrir vistiendo uniforme a ning\u00fan acto pol\u00edtico electoral. S\u00f3lo los agentes de la Polic\u00eda Militar Electoral que est\u00e9n al servicio de las autoridades electorales pueden penetrar armados en los locales en donde se efect\u00faen las inscripciones y las votaciones, cuando fueren requeridos. 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