Un enfrentamiento entre el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria Dominicana y su director ejecutivo está en curso y ya llegó hasta la Dirección General de Contrataciones Públicas, debido a que Víctor Gómez Casanova publicó una manifestación de interés para concesionar el puerto de Puerto Plata y el Consejo sostiene que esa acción es ilegal.
En una carta de fecha 17 de octubre de 2017, firmada por el presidente del Consejo de Administración, ingeniero Juan Carlos Montás, el organismo impugnó por ante la Directora General de Contrataciones Públicas, Yokasta Guzmán, la manifestación de interés publicada en espacio pagado por su director ejecutivo, Gómez Casanova, y pidió su anulación por irregular.
En la misiva se solicita a la señora Guzmán impugnar “la convocatoria a manifestación de interés, de fecha 16 de octubre de 2017, publicada en el periódico Listín Diario, página 7B, realizada por el director ejecutivo de esta institución, por ser violatoria de las disposiciones contenidas en la Ley 340- 06 (de Compras y Contrataciones Públicas), Reglamento de Aplicación y de la Ley 70-70”, que crea la Autoridad Portuaria Dominicana.
Montás, en la carta a la que tuvo acceso Listín Diario, advierte que “ese acto ilegal e irregular por parte del director ejecutivo de esta institución, no ha sido autorizado previamente por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria Dominicana que, de acuerdo con nuestra ley orgánica, es el organismo superior con autoridad para decidir sobre esos asuntos”.
Agrega que la Ley 340-06 sobre compra y contrataciones dispone que para este tipo de procesos, “la licitación pública nacional e internacional será el único proceso para la contratación de concesiones, sea cual fuere la modalidad, a la que podrán presentarse personas, firmas o asociaciones nacionales, extranjeras o mixtas”.
Señala que la Ley 70-70 que crea la Autoridad Portuaria Dominicana confiere al Consejo de Administración “ser el organismo superior y de máxima jerarquía de la institución, facultado para entre otras cosas, otorgar concesiones de servicios de uso, ocupación y explotación de áreas y pertenencias portuarias”.
Sostiene que también corresponde al Consejo de Administración la adquisición de equipos, materiales de consumo o bienes inventariales, estudio o ejecución de obras nuevas, “reparación o ampliación de las existentes y reglamentar las condiciones de prestación de servicios en los puertos operados por la institución”.
“Advertimos que la convocatoria ilegal realizada por dicho funcionario (Gómez Casanova) lo que procura es preseleccionar empresas específicas, restringir mediante condiciones establecidas, la participación de interesados en un proceso” y que además se ha hecho cuando el Consejo de Administración nombró una comisión técnica para elaborar las condiciones generales que sustenten un eventual proceso de licitación pública como lo estable la Ley 340-06 de compras y contrataciones públicas.
Informa que la comisión de técnicos está trabajando en la elaboración de su informe para ser sometido al Consejo de Administración de Autoridad Portuaria Dominicana para determinar los pasos a seguir.
Advierte a la Directora de Compras y Contrataciones que se rechace la manifestación de interés publicada por Gómez Casanova, en el entendido de que el Consejo de Administración de Autoridad Portuaria Dominicana no reconocerá ningún resultado que arroje la misma.
Anoche no fue posible localizar a Gómez Casanova para obtener su reacción.
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CONTENIDO DEL LLAMADO MANIFESTACIÓN INTERÉS
En la convocatoria a manifestación de interés, Gómez Casanova da un plazo de 30 días para que los interesados manifiesten ante su despacho su interés en participar y aclara que el adjudicatario deberá invertir no menos de 70 millones de dólares para reconstruir, mantener y desarrollar el puerto, para facilitar la operación de naves con pasajeros y pescadores.
Hizo la publicación este lunes 16 pese a tener en su poder una comun
icación de fecha 27 de julio pasado firmada por los asesores jurídico, técnico, el de cumplimiento de las normas técnicas y el director jurídico en el que le advierte que el procedimiento para hacer este tipo de concesiones, en virtud de las leyes, es únicamente mediante licitación nacional e internacional, cuyo pliego de condiciones debe ser elaborado por la Unidad de Compras y Contrataciones, que tras remitirlo al director ejecutivo, esté lo devuelve para que la Unidad redacte la convocatoria a licitación.
Igualmente, señalan los técnicos que es un requisito legal contar con una certificación de la Dirección Financiera que asegure que el proceso no requiere de fondos asignados en el presupuesto.
Igualmente, los técnicos recomendaron a Gómez Casanova que la convocatoria, para ajustarse a la ley, debe estar abierta por un período superior a los sesenta días hábiles por el carácter de la contratación que se piensa realizar.