Kinkaaan! aprobada la Reforma fiscal en primera lectura en Cámara de Diputados
SANTO DOMINGO. Luego de un amplio debate, la Cámara de Diputados aprobó en primera lectura el proyecto de reforma tributaria, con el que el Gobierno busca recaudar un estimado de RD$46 mil millones.
Los diputados rechazaron modificar la propuesta para no gravar las compras por internet, por lo que se mantiene en el proyecto el establecimiento de impuestos a mercancías que estaban exentas del pago de derechos e impuestos, cuyo valor individual sea igual o inferior a un valor FOB de US$200.
Sobre la Ley de Cine, lo que se establece es que a partir de la promulgación de la misma, el crédito fiscal previsto en el artículo 39 de la ley 108-10, para el fomento de la actividad cinematográfica, del 29 de julio de 2010 y sus modificaciones, deberá ser utilizado exclusivamente por el productor para cumplir sus obligaciones tributarias. La propuesta original eliminaba el artículo 39.
La amnistía fiscal a todos los contribuyentes será aprobada mediante una ley, que será sometida posteriormente a la promulgación de la ley.
La propuesta prohibía la importación de prenderías, trapos y calzados usados (pacas), con fines comerciales o de beneficencia, pero este artículo fue eliminado.
Las ganancias obtenidas a través de los premios en las bancas de apuestas en los deportes y loterías, quedan gravadas con un 10% para los premios de más de RD$100,001 y hasta RD$500 mil; los de RD$500,001 hasta un RD$1.0 millón, pagarán un 15% y los premios de más de RD$1,000,001 quedan gravados con un 25%.
De la aplicación del ITBIS quedaron exentos, entre otros productos, embutidos como los salchichones, salamis y salchichas, chorizos, longaniza y mortadela, morcilla, butifarras y tripas.
Más detalles
La aplicación del impuesto del 1% al valor de los vehículos fue pospuesta para el 2014; y el impuesto del 1% sobre el Patrimonio inmobiliario total de las personas físicas, en vez de ser por un monto de RD$5 millones, será de RD$6.5 millones.
El impuesto a la transferencia de inmuebles fue dejado en 3% y no en 4.5 % como estaba el propuesta original; y sobre la ley sobre Energía Renovable que se establecía una exención de un 75% del Impuesto Sobre la Renta y se redujo en un 40%; mientras que con relación al incremento del ad valoren del Avtur, de un 8% al pago del Ad Valoren, fue reducido a un 6.5 por ciento.
Se eliminó el 5% de las ventas para las industrias textiles y de calzados, establecido en la ley 56-07, se incluyó para la exención del ITBIS, que sólo se establecía para el servicio educativo, también el aspecto cultural.
Se mantiene el impuesto por emisión de CO2, pero se redujeron los porcentajes de 0, 1, 3 y 5 y se cambió por 0,1, 2 y 3 el porcentaje a pagar por este concepto.
Los cambios eliminan del artículo 40 lo referente a la Ley 28-01, que otorga incentivos a las empresas que se establezcan en la zona fronteriza, con el compromiso de modificar esa ley en un plazo de 60 días, para limitar las empresas que recibirán incentivos por operar en esa parte del país.
No serán gravados los salones de belleza y ni las peluquerías, ni negocios informales, salvo aquellos que su volumen mensual de compra sea mayor de RD$50 mil, que deberán pagar RD$12 mil anual.
Se mantendrá el impuesto del 10% de propina establecido por ley, que erróneamente se había informado que fue eliminado y las zonas francas, serán gravadas sus ventas locales con un 3.5 % en vez de un cinco.
No grava salario 13
El nuevo proyecto tributario elimina gravar el salario de Navidad con el Impuesto Sobre la Renta (IRS) a las personas físicas, pero contempla un aumento de RD$2.0 al galón de las gasolinas y gasoil para destinarse al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura vial, así como a la renovación del transporte público.
Asimismo, seguirá hasta el 31 de diciembre 2013 el cobro del 1% a los activos financieros y se mantendrá la tasa del 10% a los servicios de telecomunicaciones.
El proyecto también contempla bajar la tasa de impuestos sobre activos a 0.5% en el 2015 y la eliminación del impuesto a partir del año 2016.
Aumenta en los próximos tres años el ISC a cigarrillos y manufacturas hasta alcanzar una tasa efectiva de tributación de 70% y mantiene la tasa de 130% de ISC a la importación de tabaco para fumar.
El proyecto actual elimina la propuesta de gravar las bebidas no alcohólicas con ISC de 10%, y mantiene exento del pago del ITBIS los bienes de la canasta básica como arroz, habichuelas, carnes, pollo, huevos, leche, frutas, vegetales, así como bienes de capital e insumos agropecuarios, materiales y servicios educativos, medicinas y servicios médicos, servicios básicos y servicios financieros y combustibles.
En cambio, se amplía la base imponible a café, azúcar, aceites y grasas comestibles, yogurt y chocolate, servicios de entretenimiento y cuidado personal a tasas de 8%, 11%, 13% y 16%, en vez de 10%, 12%, 14% y 16%, en el periodo 2013-2016, como se contempló originalmente.