Tribunal dicta auto de no ha lugar a empresario Daniel Aquino Méndez en caso Super Tucano
El juez del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictó auto de no ha lugar a favor del empresario Daniel Aquino Méndez, acusado de recibir sobornos de los US$3.5 millones distribuidos por la Empresa Brasileira de Aeronáutica (Embraer) para ser escogida como suplidora de ocho aviones Super Tucano.
El magistrado Emanuel López, tomó la decisión al rechazar una solicitud de apertura a juicio presentado en contra del imputado por la de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
En sus motivaciones el tribunal determinó que el Ministerio Público no presentó evidencia que vincule a Aquino Méndez con los supuestos sobornos.
En la decisión del tribunal se estableció que la empresa 4D Business Group, S. A. (hoy 4D Business Group, S.R.L.), no es propiedad de Aquino Méndez, sino de su hijo Daniel Aquino Hernández.
El proceso de Aquino Méndez había sido separado de los demás implicados en el caso por asunto de salud, quien fue sometido a tres cirugías en Cleveland Clinc, Ohio, Estados Unidos, antes de la decisión del tribunal que lo exoneró de toda responsabilidad penal.
Se recuerda que, por el caso, la jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción, Raquel Astacio dictó auto de apertura a juicio en contra del mayor general retirado Pedro Rafael Peña Antonio, exministro de Defensa, y del coronel Carlos Piccini Núñez, exdirector de proyectos especiales de la Fuerza Aérea Dominicana (FAD), de Aquino Hernández.
En tanto, fue dictado auto de no ha lugar a juicio respecto de los imputados Félix del Orbe Berroa e Ysrael Abreu Rosario.
Raquel Astacio, tomó la decisión, luego de admitir parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público que estuvo representado por las fiscales Rosa Alba García y María Melenciano.
Por este caso de corrupción la empresa Embraer, que admitió la entrega de sobornos, fue condenada en 2018 al pago de 7 millones 40 mil dólares al Estado dominicano.
Al grupo se le acusa de violar varios artículos del Código Penal Dominicano, la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, y la antigua Ley 72-02 sobre Lavado de Activos en perjuicio del Estado dominicano.