Aerodom aumentaría tarifa a los pasajeros
El nuevo que contrato que entraría en vigencia luego de promulgado por el Poder Ejecutivo tras su aprobación en ambas cámaras, señala además que el Estado indemnizará a la concesionaria Aerodom por todos los costos o pérdidas en que ésta hubiera incurrido en el caso de que cualquiera de los ajustes por inflación acordados no pueda ser aplicado a tiempo.
Se establece en el artículo 6 del contrato que la construcción de la nueva terminal de pasajeros en el Aeropuerto Internacional Las Américas, contemplada en la renovación del contrato, dependerá de que se cobren “estos ajustes”.
Puedes leer: Acuerdo Aerodom llega a Cámara Baja
“A partir del primero de noviembre de 2024, las tasas aeroportuarias descritas en la Sección 6.2.2 (pago de salida y llegada y manejo de equipajes) del presente contrato serán ajustadas conforme al aumento del Índice de Precios del Consumidor (IPC) en el periodo comprendido entre el primero de enero de 2023 y el 31 de diciembre del 2023, más un aumento de 2.7% dólares, correspondiente a una proporción de la inflación del año dos 2022”, según establece el artículo 6.2.2 del contrato.
Puedes leer: “Renegociación” de contrato de AERODOM, es un nuevo préstamo que toma Abinader
Para el año 2025 contempla que: “…a partir del primero de noviembre 2025, las tasas aeroportuarias descritas en la Sección 6.2.2. del presente contrato serán ajustadas conforme al aumento del índice de Precios del Consumidor (IPC) en el periodo comprendido entre el primero de enero de 2024) y el 31 de diciembre 2024, más 2.7 % dolares, correspondiente a una proporción de la inflación del año dos mil 2022, la efectividad del ajuste tarifario 2024 y del ajuste tarifario 2025, son condiciones precedentes al inicio de los trabajos relacionados con la construcción de la Nueva Terminal AILA por parte de la Concesionaria ,en consecuencia, hasta tanto no se cumplan las condiciones precedentes indicadas anteriormente, el inicio de dichos trabajos no será exigible a la Concesionaria”.
Régimen tarifario
El artículo 6 del contrato está reservado al régimen tarifario y establece que la modificación de cualquier monto de las tasas aeroportuarias especializadas por Pasajero que no sea por concepto de ajuste por inflación deberá ser sometida por la concesionaria a la aprobación de la concedente (Estado), para su aprobación.
Advierte que la concesionaria deberá compensar al Estado dominicano por la aplicación y cobro de cualquier incremento sobre las tasas aeroportuarias especializadas que no haya sido implementada de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo.
Las bondades
El presidente Luis Abinader anunció la renegociación del contrato de concesión de Aerodom, que se firmó en 1999 y no generaba beneficios para el Estado dominicano, además de que “no garantizaba las mejores condiciones en las infraestructuras de los aeropuertos”.
El mandatario manifestó que esta renegociación “representa un beneficio para la República Dominicana de entre 1,905 y 2,155 millones de dólares. Esa es la diferencia en las negociaciones realizadas por nuestro Gobierno y el anterior”.
Abinader agregó que se arribó a un acuerdo que, al garantizar una mayor participación del Estado en los beneficios generados por la operación de los aeropuertos, generará recursos que serán utilizados en beneficio de los dominicanos.